Nueva Obligación De Reporting Financiero Para Operaciones Avaladas Por El Real Decreto-ley 4/2025 ​

El Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, establece medidas urgentes para responder a la amenaza arancelaria derivada de la política comercial de Estados Unidos y relanzar la actividad empresarial.

Entre las disposiciones más relevantes de dicha normativa, se incluyen dos modalidades de avales públicos: financiación de liquidez para empresas afectadas y financiación de proyectos de reconversión empresarial.

En cumplimiento de estas medidas, las entidades prestamistas deberán informar al Banco de España, sobre las operaciones beneficiadas por estos avales, a través de los procesos establecidos para la declaración a la Central de Información de Riesgos (CIR), conforme a lo estipulado en el Anexo I de la Resolución de 22 de abril de 2025 de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. ​

Para ello, se han introducido nuevos valores en el atributo “Garantía personal principal. ​ Tipo de garantía personal principal” del módulo C.1 Parte 1 de la CIR, que permitirán identificar las operaciones avaladas por el Estado bajo este Real Decreto-ley. ​ Los valores incorporados son:

  • Garantía del Estado. ​ Aranceles. Financiación de liquidez. ​ RD 4/2025. ​
  • Garantía del Estado. ​ Aranceles. Financiación de proyectos. ​ RD 4/2025. ​

El primer envío de esta información incluirá los datos correspondientes a septiembre de 2025, abarcando todas las operaciones formalizadas hasta el 30 de septiembre de 2025, cuya fecha límite será el 10 de octubre. ​

Desde Reporte Financiero, estamos preparados para asesorar a las entidades prestamistas en el cumplimiento de estas nuevas obligaciones. Si necesitas apoyo en la implementación de estos procesos, no dudes en contactarnos.

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